Delitos contra la propiedad intelectual: el precio de la piratería

La propiedad intelectual está relacionada con las invenciones, obras literarias, artísticas, nombres e imágenes utilizados para comercializarse. Está protegida por la legislación en el ámbito de las marcas, los derechos de autor y las patentes. De esta forma, se permite obtener ganancias por el uso de las creaciones propias y se propicia un entorno seguro en el que prosperen la innovación y la creación.

La propiedad intelectual recoge el conjunto de derechos que corresponden a los autores acerca de las obras y contribuciones de sus creaciones. Este tipo de obras están protegidas desde el momento de su creación gracias al copyright o los derechos de autor. Su inscripción en el registro únicamente proporcionará una prueba contundente de la existencia de las mismas. De esta forma, habrá que respetar los derechos inscritos.

Pero, ¿qué pasa cuando esos derechos se violan? En este punto, pasamos a hablar de delitos contra la propiedad intelectual.

¿Qué son los delitos contra la propiedad intelectual?

imagen de dos personas firmando un documento sobre los delitos contra la propiedad intelectualEl delito contra la propiedad intelectual supone la vulneración de los derechos que posee un autor sobre sus creaciones con fines económicos. Es decir, cualquiera que se lucre gratuitamente de las obras de otros propietarios estará cometiendo un delito contra la propiedad intelectual.

Al cometer este tipo de delitos se vulneran tanto los derechos patrimoniales como los morales que posee el autor sobre su obra. Este tipo de derechos están protegidos por la Ley de Propiedad Intelectual desde el momento de su creación, sin necesidad de registro.

¿Qué ocurre si vulnero estos derechos?

Todos aquellos que comentan delitos contra la propiedad intelectual estarán sujetos a responsabilidades civiles. Como señala el Código Penal, puede requerirse una indemnización a los perjudicados para subsanar los daños y perjuicios originados.
Pero, ¿de cuánto dinero estamos hablando? La cuantía de estas indemnizaciones se rige por el artículo 140.1 de la Ley de Propiedad Intelectual. Esta cifra quedará establecida en la sentencia condenatoria junto con el método de pago que deberá llevarse a cabo.

Ahora que ya sabes la existencia de los piratas en la era digital, deberías controlar el uso de tus creaciones. En Silex IP somos profesionales especializados en el área de propiedad intelectual. Nuestro equipo de expertos está capacitado para asesorarte con la protección de derechos de autor, el registro de obras y propiedad intelectual y muchos servicios más.

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